Instrucción Nº 1 (la suspensión de la suspensión)

El anuncio hecho por el nuevo ministro de educación y publicado como nota de prensa en la web del MPPE, el 20 de enero, generó muchas inquietudes y preguntas en los miembros de las comunidades educativas de los liceos, pero también en buena parte de la ciudadanía. En efecto, la forma en la que se dio a conocer la decisión sobre el proceso de transformación curricular no fue lo suficientemente clara, detallada y precisa, como para que el país supiera qué es lo que sucedería en consecuencia, en las escuelas.

Sin embargo, con fecha 26 de febrero, comenzó a llegar a las zonas educativas y a través de ellas, a los liceos, una comunicación del MPPE, titulada «Instrucción Nº 1«, en la que el ministro establece algunas precisiones a lo anunciado.

A continuación, para que todos la puedan leer, encontrarán en imágenes, el texto de dicha instrucción:

Sobre su contenido, es importante resaltar que:

1.- Para evitar confusiones, interpretaciones erróneas y especulaciones, la instrucción debió llegar primero, o a más tardar simultáneamente, a los liceos, cuyas comunidades son las protagonistas del proceso educativo, en lugar de a través de un anuncio hecho en un acto y recogido por la prensa del MPPE en una nota publicada en su portal.

2.- Una cosa es lo que se recogió en la nota de prensa sobre el artículo 8 de la resolución 143 y otra, lo que se establece en esta instrucción. De acuerdo al texto de esta instrucción, no hay nada en la resolución 143 que esté suspendido este año escolar.

En efecto, cuando en la nota de prensa se decía que “Luego de escuchar las demandas, observaciones y preocupaciones de sectores de la sociedad sobre el desarrollo de la implementación de la Transformación Curricular en el Subsistema de Educación Media General, el Ministerio del Poder Popular para la Educación decidió suspender el avance progresivo del plan de estudio propuesto en el artículo 8 de la Resolución 0143, la cual contempla los Lineamientos del Proceso de Transformación Curricular en todos los Niveles y Modalidades”, al parecer, no se refería al año escolar en curso, ya que, en el texto de la instrucción, en el punto 2 dice que se mantiene durante este año escolar y que el resultado de las modificaciones que se produzcan en su revisión, entrarán en vigencia para el año escolar 2017-2018.img-20170127-wa0029a

3.- Cuando la nota de prensa recogía las declaraciones del ministro, en las que afirmaba “en los liceos donde se haya implementado, se debe “iniciar el proceso de revisión, de escuchar a los docentes las experiencias que han tenido en estas últimas semanas, para hacer las adecuaciones que tengan lugar, para conservar los contenidos esenciales y las materias necesarias para lograr una formación o un egresado de nuestro sistema educativo público de Educación Media General con una formación académica integral”,  lo que estaba anunciando era el inicio de un nuevo «proceso de consulta» cuyas características, participantes y cronograma, aún se desconocen, pero cuyo propósito es «restituir la especificidad» de las materias agrupadas en áreas y garantizar que se «mantenga» las de aquellas que permanecen como áreas separadas en la propuesta de transformación curricular en curso.

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Por tanto, la instrucción que decía que en los liceos  «se debe “iniciar el proceso de revisión»», no quería decir que se iniciaría de inmediato, sino, de acuerdo al texto de la instrucción, cuando el MPPE establezca los «alcances y orientaciones metodológicas» de dicha consulta.

4.- El MPPE insiste en llamar plan de estudios a los horarios publicados en la resolución 143, a pesar de que técnicamente una cosa dista mucho de la otra. Esperamos que el tiempo que el MPPE se está tomando para establecer los términos de la nueva consulta, sirva para que se complete y mejore la propuesta de transformación curricular y que lo que se lleve a a consulta sea en efecto un plan de estudios.

Hacemos un llamado al MPPE para que la consulta efectivamente incluya a todos los sectores del sistema educativo, sin ningún tipo de exclusión ni discriminación. Y que la consulta cuente con una metodología y dinámica que permita la real participación del país en la definición de la política de formación en la Educación Básica.

Aprovechamos esta nota para recordar también que está pendiente que el MPPE informe al país:

– formalmente los resultados del proceso piloto desarrollado durante el año escolar 2015-2016 y que explique las razones por las que el mismo no pudo ser instrumentado sino en 68 de los 127 planteles, tal como se había anunciado en la presentación previa.

– el mecanismo formal de participación en el nuevo proceso de consulta, así como el mecanismo de comunicación sobre los resultados de la misma.

Y que, en términos de política pública, en su rol de ente rector y dada su obligación de garantizar del derecho a una educación de calidad para todos, responda a las siguientes preguntas:

– ¿Cuál será la estrategia de aplicación del modelo resultante y cómo se garantizará que los estudiantes que están actualmente en los últimos años de educación media, puedan culminar de forma exitosa sus estudios sin ser afectados negativamente por la instrumentación de la reforma?

– ¿Cuánto tiempo necesitan los liceos, de acuerdo a sus características y peculiaridades, para contar con las condiciones óptimas para que la aplicación del modelo sea realmente exitosa? ¿Cómo incorpora esa variable el MPPE en su programación?

– ¿Cuáles serán las directrices que orientarán el acompañamiento, monitoreo, evaluación y los ajustes del proceso en cada liceo, zona educativa y a nivel nacional? ¿Cómo se programa la formación de los supervisores para que logren realizar un acompañamiento efectivo del proceso desde cada Estado y Municipio? ¿Con qué recursos cuentan y cuál es la inversión que está planteada para ello?

– Más allá de la mención de la Micro Misión Simón Rodríguez ¿Cuáles son los planes específicos de formación de los docentes que permitirán aplicar el nuevo diseño de forma exitosa? ¿En cuanto tiempo y con cuál inversión se llevarán a cabo para garantizar que los docentes tengan la formación adecuada para las exigencias del modelo?

– Dado que se conoce que existe déficit de docentes en educación media y que lo instrumentado en  términos de la transformación curricular en el piloto y durante este año en los liceos públicos, requería la concentración de los docentes en un liceo y el aumento de horas de dedicación, ¿qué modificaciones administrativas, en términos de contratación de los docentes y de funcionamiento de los liceos se han programado, para garantizar que en esta oportunidad el modelo no fracase, por falta de condiciones para instrumentarlo? ¿Cuánto le costarán al país los cambios previstos? ¿De dónde se obtendrán los recursos, cómo se hará la inversión, y en cuánto tiempo?

– ¿Qué inversión se plantea hacer para ampliar y mejorar la calidad de los recursos con los que cuentan las escuelas para la aplicación de este modelo? ¿Cuánto se invertirá en conexión y acceso a Internet? ¿Cuánto se invertirá en modernizar y dotar los laboratorios? ¿Cuánto se invertirá en la ampliación y construcción de nuevos liceos para garantizar la extensión de la jornada a jornada completa? ¿Cómo se estima resolver el déficit de escuelas que ofrezcan este nivel educativo, en las zonas del país a las que la educación media no llega? ¿De dónde se obtendrán los recursos, cómo se hará la inversión, y en cuánto tiempo?

Esas son interrogantes que el MPPE tenía que haber respondido antes de iniciar la extensión que arrancó este año escolar 2016-2017 y que aún debe responder.

Finalmente, reiteramos nuestra invitación a las comunidades educativas, a los gremios del sector y a toda la ciudadanía a que, acogiéndose a lo establecido en el artículo 20 de la resolución 143, escriba al MPPE solicitando información sobre esta decisión y sus consecuencias, así como, sobre las dudas que tenga con relación a las directrices establecidas en las resoluciones 142 y 143, que aún siguen vigentes y también sobre las contenidas en los textos emanados de ese despacho y que rigen lo que sucede en las escuelas en términos de la transformación curricular, más allá de dichas resoluciones.

 

MPPE suspendió el nuevo horario de clases en Educación Media

De acuerdo a una noticia publicada en el portal del MPPE, el nuevo ministro de educación Elías Jaua, anunció que «Luego de escuchar las demandas, observaciones y preocupaciones de sectores de la sociedad sobre el desarrollo de la implementación de la Transformación Curricular en el Subsistema de Educación Media General, el Ministerio del Poder Popular para la Educación decidió suspender el avance progresivo del plan de estudio propuesto en el artículo 8 de la Resolución 0143, la cual contempla los Lineamientos del Proceso de Transformación Curricular en todos los Niveles y Modalidades» (*)

Al respecto es importante hacer algunas consideraciones:

1.- El inicio del proceso de transformación curricular de educación media, fue anunciado en marzo del año 2015 con un escueto documento en el que se presentaban algunas líneas generales y se decía que se iniciaba una consulta para su discusión y desarrollo. (Para más detalles sobre el inicio de este proceso, pueden ver nuestra publicación del 24 de agosto titulada: ¿Seguimos a medias en Educación Media?)

2.- Su desarrollo consistió en:

  • La elaboración de diversas versiones de un «segundo documento» con los lineamientos de la reforma, así como de documentos complementarios con orientaciones específicas para educación media general, educación media técnica y la modalidad de jóvenes y adultos que fueron enviados por correo a los liceos, presentados en algunas de las reuniones realizadas en las zonas y finalmente, colgados en la web del MPPE.
  • La realización diversas reuniones en varios liceos para socializar y conversar sobre la propuesta, actividades de «consulta» con algunos actores del sistema educativo.
  • Y adicionalmente, desde septiembre del 2015, de acuerdo a la información publicada por prensa en el portal del MPPE, se desarrolló una aplicación piloto en 68 planteles durante el año 2015-2016.

En ningún momento, el MPPE presentó el plan de inversión y presupuesto asociado a la instrumentación de esa propuesta que debería incluir: construcción de nuevos liceos, dotación en equipos y recursos, contratación de nuevos profesores y ampliación del pago por el aumento de las horas de dedicación de los profesores en el sistema, entre otras. Tampoco se planteó una estrategia sólida que permitiera reestructurar la organización de los horarios, por la agrupación de asignaturas en áreas, tomando en consideración la falta de docentes en educación media, y que se debería pasar de la ubicación de los docentes en más de un liceo, a su dedicación exclusiva en uno de ellos.

3.- Sobre la aplicación piloto, es importante señalar que cuando se anunció por primera vez, el MPPE dijo que se haría en 400 planteles. Posteriormente según una presentación usada en las reuniones antes mencionadas, que contenía el texto de una resolución para oficializar la experiencia piloto, se decía que los planteles serían 127 y finalmente, según información del ministerio, dicha experiencia sólo tuvo lugar en 68 planteles durante el año escolar 2015-2016, es decir que inició a 6 meses de hecho el primer anuncio.

Cabe resaltar que en ningún momento fue presentado, ni al sector educativo, ni al país, un informe que expusiera los términos en los que se había diseñado la experiencia, los criterios para la selección de los liceos en los que se aplicaría, las razones para que se desarrollara en sólo el 54% de los 127 liceos en los que se había propuesto y también que explicara los detalles de su instrumentación, la evaluación y los resultados de dicha experiencia.

Sin embargo, por fuentes del sector, conocimos que la aplicación en muchos planteles presentó serias dificultades, incluyendo que, al final del año escolar, liceos tuvieron que registrar las calificaciones de los estudiantes por asignaturas, porque no encontraron en el sistema, las planillas de registro por áreas, tal como requería la realización de una experiencia piloto.

4.- El viernes 2 de diciembre, a más de un año y 8 meses del primer anuncio, pasados los 14 meses del inicio de la experiencia piloto y a más de 3 meses de anunciada su extensión a todos los liceos públicos, se publicaron en la Gaceta Oficial 41.044 dos resoluciones, las 142 y 143, con las que, el MPPE, finalmente oficializaba la política de «transformación curricular».

En nuestra publicación del 24 de agosto, alertamos sobre el problema de iniciar una experiencia piloto que no estuviera avalada por una resolución en Gaceta Oficial. Alerta que también aplica a su extensión a todos los liceos oficiales, anunciada al inicio del año escolar 2016-2017.

5.- Desde que se inició el proceso en marzo del 2015, lo que se ha denominado «consulta», no puede ser catalogado como tal, porque:

  • No se presentó formalmente el proceso de consulta al país que, como todo proceso formal, debe tener unos mecanismos, un cronograma y una metodología establecida. Lo contenido en el primer documento, no se puede considerar como tal, por falta de formalidad y rigurosidad metodológica.
  • Las actividades de «consulta» no pasaron de reuniones con algunos actores y algunos liceos, por lo que muchos miembros de las comunidades educativas, gremios, organizaciones sociales, políticas y ciudadanos en general, se consideran excluidos del proceso.
  • A algunos gremios, se les notificó, al inicio del año escolar 2016-2017, que serían incorporados a la «consulta» y hasta la fecha, no han sido convocados para ello.
  • No existió un documento o grupo de documentos oficiales que sirvieran de referencia formal al proceso, sino que se utilizaron varias presentaciones en las reuniones, y se elaboraron múltiples versiones del documento con la propuesta, versiones que tenían detalles retocados o cambios mayores, pero todos comenzaban con la misma presentación “este es el segundo documento”. De ese, del autodenominado “segundo documento”, llegamos a recopilar 5 versiones.
  • No han sido presentadas al país, ni siquiera a los actores clave del sector educativo, formalmente, los resultados de la consulta y las modificaciones del modelo que se desprenden de los mismos.

En este punto cabe recordar que el artículo 55 de la LOPNNA, que establece el derecho a participar de «todos» los niños y adolescentes, así como de «todos» los padres, representantes y responsables. Hacemos el énfasis en «todos» dadas las declaraciones del ministro que refieren a la participación de algunos gremios en el proceso.

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Y también recordamos el artículo 62 de la Constitución que establece el derecho de todos los ciudadanos a participar en la formación y control de la gestión pública, lo que incluye la formación y evaluación de las políticas educativas en educación, como la de transformación curricular que está dirigida a la formación obligatoria de todos los ciudadanos de Venezuela.

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6.- La noticia con las declaraciones del nuevo ministro, dice que: «el titular del MPPE informó que el plan de estudio propuesto en el artículo 8 de la Resolución 0143 ya no se desarrollará en el sistema de educación privada en Venezuela, y en el caso del sistema de educación pública, en los liceos donde se haya implementado, se debe “iniciar el proceso de revisión, de escuchar a los docentes las experiencias que han tenido en estas últimas semanas, para hacer las adecuaciones que tengan lugar, para conservar los contenidos esenciales y las materias necesarias para lograr una formación o un egresado de nuestro sistema educativo público de Educación Media General con una formación académica integral”«.

Al respecto, hay que aclarar que el artículo 13 de dicha resolución, permitía a los planteles del sistema de educación privada «continuar aplicando el plan de estudio que se les haya autorizado previamente» durante el año escolar vigente 2016-2017, por tanto lo único novedoso en esa declaración es que se paraliza la aplicación de la transformación curricular, en los planteles privados que voluntariamente hayan decidido aplicarla, después de informar a su respectiva zona educativa, como también se establece en el mismo artículo.

En los liceos públicos, en los que se haya implementado, -que, de acuerdo a la resolución y a las declaraciones previas de los funcionarios del MPPE, deberían ser todos- lo que se hará es revisar la reorganización de los contenidos que hicieron, con base en los lineamientos de las «áreas de formación» establecidas en la propuesta de transformación curricular y las horas estipuladas en el horario presentado en el artículo 8 de la resolución 143.

7.- Es importante precisar que lo que se suspende es específicamente lo contenido en el artículo 8 de la resolución 143, que, aunque en el texto diga que se trata de un «plan de estudio«, no es más que un horario de clases en el que se establecen «áreas de formación» con una «dinámica» y unas «horas semanales por estudiante«, determinadas.

8.- En sus declaraciones el ministro no hace mención al resto de los lineamientos de transformación curricular que se encuentran en la resolución 143, incluyendo los referentes éticos, así como tampoco a los componentes curriculares y el modelo, desarrollados en los documentos con los que se presentó esta propuesta en los liceos.

Tampoco hace referencia alguna a lo que sucederá en la modalidad de educación de jóvenes y adultos, que se rige por la resolución 142 que sigue plenamente vigente.

En efecto, la noticia en la prensa dice que «el Ministro Elías Jaua Milano informó que “se mantiene vigente el actual Plan de Estudio hasta tanto este Despacho emita las directivas correspondientes”«; de esta afirmación se deriva que el ministerio trabajará en nuevas directivas para modificar el artículo 8 de la resolución 143.

Hechas estas consideraciones, no podemos dejar de advertir que:

– La decisión del ministerio, de suspender la organización de los contenidos en áreas de formación, pone en evidencia la debilidad de imponer la aplicación de un modelo sin tomar las previsiones administrativas, presupuestarias y organizativas correspondientes, incluyendo la forma de contratación de los profesores de educación media y sin considerar las necesidades de formación y transformación de las prácticas pedagógicas de los profesionales de la educación involucrados.

– La decisión se produce a 4 meses de iniciado el año escolar, afectando la calidad de la educación del sistema y poniendo en riesgo el proceso de aprendizaje de los estudiantes, ya que el MPPE empleó un tercio del año escolar para realizar en los liceos públicos, un experimento sin condiciones para garantizar su éxito.

– Por lo dicho en el anuncio, el MPPE no modifica lo establecido para la modalidad de educación de jóvenes y adultos en la resolución 142, dejándola plenamente vigente al no suspender la aplicación de los artículos del 8 al 11, o en su defecto, del artículo 11, que es el que contiene el horario para dicha modalidad. Esto constituye una discriminación de hecho, que pudo ser producto de omisión en el anuncio del ministerio, pero que es injustificable en el marco de las directrices del modelo.

– Dada la estrategia seguida por el MPPE en los últimos años, el programa de estudios vigente, en términos de contenidos, a los efectos de los liceos y también tal como se establece en los documentos de la transformación curricular, es el que se presenta en la Colección Bicentenario que, como se ha referido en diversas oportunidades, se trata de un recurso de calidad cuestionable y con un sesgo político-ideológico que viola lo establecido en el artículo 102 de la Constitución.

– Como lo que se suspende es la aplicación del artículo 8, el resto de la resolución 143 sigue vigente, especialmente los primeros artículos con los que el MPPE extendió la «transformación curricular» a todos los niveles y modalidades de la Educación Básica.

En efecto, en la resolución 143, los considerandos y los primeros 4 artículos contienen las directrices comunes para toda la Educación Básica y del 16 al 20 se refieren a la creación de una estructura para la «Consulta, Asesoramiento y Evaluación del Proceso de Transformación Curricular«, señalan a los funcionarios encargados de ejecutarla y el mecanismo para dar respuesta a «dudas, controversias y aclaratorias» que pudieran surgir a raíz de la resolución. El resto de los artículos están dirigidos a presentar las especificidades del nivel de educación media y algunas pautas para algunas de las modalidades.

Sin embargo, los lineamientos asociados a la transformación curricular que son aplicables a toda la educación básica no están contenidos sólo en la resolución 143, sino también en los documentos con las orientaciones emanados del MPPE, publicados en su página y enviados por correo, al inicio del año escolar, a las escuelas.

Hasta esta fecha, los documentos publicados en el portal del MPPE, en su sección sobre la «transformación curricular«, siguen siendo los mismos que se encontraban el 12 de enero, cuando se incorporó el titulado «Orientaciones Generales para el Trabajo por Unidades de Aprendizaje» (**)

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En los primeros artículos de la resolución 143 y en los documentos publicados en esa página, se encuentran las directrices y lineamientos asociados a la transformación curricular para toda la Educación Básica.

Notas sobre los lineamientos de transformación curricular para toda la Educación Básica

Como antecedente de esta extensión, es importante recordar que el Viceministro el 5 de agosto del 2016, dijo que había “que impulsar el proceso de transformación curricular el próximo año escolar en todos los niveles del sistema educativo venezolano” Sin embargo, no fue sino hasta el 23 de septiembre que en la web del ministerio se publicó un par de documentos en los que se decía a qué se refería esa afirmación. A continuación pueden ver las capturas de pantalla con las portadas de ambos documentos y de sus propiedades, en las que se registra su fecha de creación:

En ambos documentos, se establece lo que, al respecto y en términos generales, se recogerá en la resolución 143, aunque el segundo tiene un contenido más amplio, en su mayoría tomado de los documentos previos de transformación curricular.

Uno de los aspectos fundamentales a considerar, dadas sus implicaciones para el proceso educativo, está expuesto en el primer párrafo de la introducción de las «orientaciones pedagógicas» para el año escolar 2016-2017:

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Como se aprecia al final del párrafo, el MPPE insiste en enmarcar las políticas educativas en la «Ley del Plan de la Patria 2013-2019«, que es uno de los aspectos que ha generado mayor polémica tanto en las comunidades educativas, como en los gremios y en la ciudadanía en general, debido a que, a pesar de haber sido «promulgado» como Ley por la Asamblea Nacional, constituye un documento que viola aspectos constitucionales importantes, al imponer, como plan de desarrollo, uno con un corte ideológico determinado contrario al pluralismo político contenido en el artículo 2 de la Constitución y a una educación respetuosa de todas las corrientes de pensamiento, establecida en el artículo 102; en el que se plantean modificaciones sustanciales en la concepción de ciudadanía y en la dinámica de relaciones entre los habitantes de Venezuela, y entre éstos y el resto del mundo, basadas en la construcción de una lógica «cívico-militar» y la promoción del uso del concepto de «guerra popular prolongada» -contraria al propósito de «la construcción de una sociedad justa y amante de la paz» que se establece en el artículo 3 de la Constitución-; entre otras.

El sostener al «Plan de la Patria 2013-2019» como referente de las políticas educativas en Venezuela, implica una violación a lo establecido en la Constitución contenida en las orientaciones pedagógicas enviadas por el MPPE a las escuelas y por tanto, sostenida en las directrices que, con relación a la extensión de la «transformación curricular» a todos los niveles y modalidades de la educación básica, se hizo por parte del ente rector.

Para que todos conozcan un poco más los aspectos generales de estos lineamientos, más allá de lo mencionado en los párrafos precedentes, a continuación incluimos las primeras láminas de las orientaciones para la discusión en todos los niveles y modalidades, que recogen algunas de dichos lineamientos:

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Como era de esperarse, por concordancia entre instrumentos normativos, en la resolución 143, en las directrices comunes se establece, según el artículo 1, que los educadores deben “coordinar, planificar y organizar un proceso abierto de reflexión, discusión y debate» que permita la incorporación de la comunidad educativa en pleno, a la «sistematización y revisión permanente de la práctica educativa«.

Esa directriz está acompañada de la incorporación de «referentes éticos y procesos indispensables» para orientar toda la dinámica de las escuelas. De esta manera, los referentes éticos se constituyen en criterios para la organización y funcionamiento del plantel y para la realización y evaluación del trabajo diario, así como para el diseño microcurricular y de las actividades de enseñanza.

Directrices como éstas, y como las que plantean mantener el «plan de la patria» como referente, el desarrollo de una dinámica permanente de debate en los planteles, en torno a todo lo que en él sucede; el enfoque integral del aprendizaje y la enseñanza; el aprendizaje desde la práctica, o formar produciendo, que es una forma de enunciar el viejo principio del aprender haciendo; o la comprensión de que todo lo que sucede en los planteles es formativo, que es un viejo principio que tiende a enunciarse en Venezuela con la frase “currículo es todo”; -sin emitir valoración alguna sobre su significado, estrategia de instrumentación e impactos en la calidad del proceso educativo y del funcionamiento de las escuelas- se mantienen como parte de las ideas en las que se sustentarán las actividades y dinámicas en los planteles de toda la educación básica, de acuerdo a las orientaciones curriculares emanadas del MPPE y enviadas a las escuelas al inicio del año escolar 2016-2017. Esto, obviamente trasciende lo establecido en el artículo 8 de la resolución 143.

De acuerdo a la decisión anunciada por el MPPE y lo sucedido hasta el momento, se requiere:

1.- Que el MPPE formalice la suspensión del artículo 8 de la resolución 143 en una norma publicada en Gaceta Oficial.

2.- Que la suspensión de la aplicación de la organización en áreas y la asignación de «dinámicas» de trabajo y horas por estudiante, se haga también con relación a la resolución 142 que norma la transformación curricular en la modalidad de jóvenes y adultos.

3.- Sin embargo, el MPPE debería ampliar la suspensión al resto de las directrices de la reforma e incluirlas en el proceso de revisión que deberá realizar en torno a lo contenido en el artículo 8 de la resolución 143.

4.- Que ese despacho presente también, ante el país y especialmente a los planteles en los que se desarrolló la experiencia piloto durante el año escolar 2015-2016, así como su extensión durante el presente año escolar 2016-2017, el procedimiento para regularizar el proceso educativo, retomando la dinámica, los programas de estudio y las directrices vigentes, además de las soluciones concretas a los problemas administrativos que se derivaron de los cambios de dedicación de los docentes, y de la agrupación de materias en áreas.

En este caso, el MPPE debe explicar a los liceos piloto, incluyendo a los de la modalidad de jóvenes y adultos: a) cómo hacer para garantizar que los estudiantes puedan continuar sus estudios retomando la organización de los contenidos, de acuerdo al plan de estudios vigente, y garantizar, tanto una formación de calidad, como la obtención del título de bachiller correspondiente, en el tiempo estipulado (esto es especialmente relevante para la educación de jóvenes y adultos); b) cómo se harán las equivalencias de lo cursado durante el año escolar 2015-2016; y c) cómo se recuperará el desbalance en el proceso de formación ocasionado por el fracaso en la aplicación del modelo durante el tiempo que corresponda a cada caso.

5.- Además, que el MPPE presente formalmente los resultados del proceso piloto desarrollado durante el año escolar 2015-2016 y explique al país, las razones por las que el mismo no pudo ser instrumentado sino en 68 de los 127 planteles, tal como se había anunciado en la presentación previa.

6.- Dado lo sucedido, el MPPE debe organizar y convocar formalmente a una consulta efectiva y con la metodología y dinámica que permita la real participación del país en la definición de la política de formación en la Educación Básica.

Finalmente, invitamos a las comunidades educativas, a los gremios del sector y a toda la ciudadanía a que, acogiéndose a lo establecido en el artículo 20 de la resolución 143, escriba al MPPE solicitando información sobre esta decisión y sus consecuencias, así como, sobre las dudas que tenga con relación a las directrices establecidas en las resoluciones 142 y 143, que aún siguen vigentes y también sobre las contenidas en los textos emanados de ese despacho y que rigen lo que sucede en las escuelas en términos de la transformación curricular, más allá de dichas resoluciones.

 

 

(*) En la web del MPPE puedes ver la noticia completa: La Transformación Curricular concentrará sus esfuerzos en la Micro Misión Simón Rodríguez

(**) Este documento, es una edición parcial del primer segundo documento emanado del MPPE para la Transformación Curricular, en septiembre del 2015. En él se incluyen los ejemplos de las Unidades de Aprendizaje que, para cada área, se presentaron en ese momento.

 

¿Crees que Venezuela pase el examen?

Hoy 1 de noviembre, a entre las 4 y las 7.30 am, hora de Venezuela, el Estado venezolano rinde examen ante Naciones Unidas. Se trata del Examen Periódico Universal (EPU) que los Estados presentan ante sus pares, cada cuatro años.

El primer ciclo de Venezuela se realizó en 2011, por lo que este será el segundo ciclo.

De acuerdo a la lógica empleada, el Estado, en esta oportunidad, deberá dar cuenta sobre cómo ha adoptado las recomendaciones hechas por los otros Estados en el primer ciclo, así como los avances que, en materia de garantía de los derechos humanos, ha logrado desde entonces.

Al ser el EPU un examen universal, trata todos los derechos humanos, por tanto, incluye el derecho a la educación.

En el informe presentado por el Estado para este segundo ciclo, la sección sobre educación, dice lo siguiente:

“68. En Venezuela, el 82% de las escuelas son públicas, gratuitas y de calidad, con participación del gobierno central, estatal y municipal. Para el año escolar 2014–2015, Venezuela tuvo una cobertura de estudiantes de 3 a 16 años en todos sus niveles y modalidades del 89,3%; y en la enseñanza primaria del 93%; con índices de paridad de género en todos los niveles educativos.

69. Desde 2013 se destina al Sub-sistema de Educación Básica más del 4% del Producto Interno Bruto (PIB), (2013: 4,14%; 2014: 4,39%; y 2015: 4,03%). Dicho porcentaje sumado a lo destinado en Educación Universitaria, supera el 6% del PIB que recomienda la UNESCO en educación.

70. Hasta el año 2015, los programas educativos Robinson I y II han alfabetizado a 2.838.079 personas, que en promedio tienen 55 años de edad, en su mayoría mujeres (58%); la Misión Ribas10 ha formado 1.000.766 personas; y la Misión Sucre11 ha graduado 417.796 estudiantes.

71. Se han entregado de manera gratuita, 100.000 libros escolares a estudiantes de educación básica12. Estos libros son adaptados a la lengua y cultura de las comunidades indígenas. Hasta el primer trimestre de 2016, se han distribuido más de 4.500.000 computadoras portátiles “Canaimitas”13 con una inversión de aproximadamente 1.500.000,00 USD.

72. La disminución de la brecha digital ha tenido un impacto social significativo. Se han instalado 2.704 CBIT destinados a la reparación de computadoras y actualización de software, llegando a las parroquias menos favorecidas. Al cierre de 2014 se han formado tecnológicamente a más de 1.800.000 personas y se ha garantizado el acceso a las TIC’s a 1.000 estudiantes con necesidades educativas especiales. También se garantiza conectividad Wi-Fi gratuita en la mayoría de plazas centrales del país.

73. Durante el período escolar 2014–2015, la población en educación inicial alcanzó un total de 1.597.521 niños; representando una tasa de escolaridad del 79%; en educación primaria, la matrícula fue de 3.449.592 estudiantes; representando una tasa de escolaridad de 93%; y en educación media (general y técnica), tasa neta de escolaridad se ubicó 73%, con una la matricula de 2.301.822 adolescentes y jóvenes para ese período educativo.

74. Se han desplegado estrategias para la educación no-convencional en primera infancia (Simoncitos Comunitarios y Simoncitos Familiares) para la atención a 100.353 niños de 0 a 6 años anualmente (según año escolar), con la participación de 23.224 madres integrales que colaboran en la educación y a la vez se incorporan al mercado laboral. Igualmente, se brindó apoyo a 7.947 miembros de las familias en actividades de formación en salud sexual y reproductiva, educación familiar y crecimiento personal.

75. Durante este periodo, se realizó una amplia consulta sobre la calidad educativa, en la cual la población expresó su opinión sobre la educación que quiere. Participaron 7.233.489 personas, cifra que representa el 27% de la población mayor a 6 años, lo que implicó que 3 de cada 10 venezolanos expresaron su opinión.

76. En cuanto a la educación universitaria, se creó un nuevo Sistema Nacional de Ingreso que garantiza el acceso con criterios de justicia y equidad, donde el 1% de los cupos son para personas con discapacidad. La matrícula en educación universitaria para el año 2015 fue de 2.622.013 estudiantes, lo cual representó el 83,25% de acceso en edades comprendidas entre 17 y 22 años.

77. En cuanto a los beneficios estudiantiles, hasta el año 2014 se otorgaron un total de 252.178 becas a estudiantes de pregrado y postgrado para fortalecer la formación en áreas de desarrollo estratégico nacional. Éstos también cuentan con atención de salud totalmente gratuita y se han construido y habilitado residencias estudiantiles.”

Este informe contiene la base de la exposición que los representantes del Estado, harán durante los 70 minutos que les corresponden, de acuerdo a la dinámica de la sesión, después de lo que, un grupo de países harán intervenciones comentando lo expuesto y haciendo recomendaciones. Hasta ahora hay 103 países inscritos para intervenir. De acuerdo al tiempo disponible para la sesión, cada Estado tendrá 1 minuto y 10 segundos para hacer su intervención.

A continuación haremos unos comentarios sobre algunos de los datos suministrados por el Estado en su informe.

Sobre el comentario 68, que dice: «En Venezuela, el 82% de las escuelas son públicas, gratuitas y de calidad, con participación del gobierno central, estatal y municipal. Para el año escolar 2014–2015, Venezuela tuvo una cobertura de estudiantes de 3 a 16 años en todos sus niveles y modalidades del 89,3%; y en la enseñanza primaria del 93%; con índices de paridad de género en todos los niveles educativos»

Es importante resaltar que, aunque el Estado afirme que el 82% de las escuelas son oficiales, sólo 77% de los estudiantes, cursan en dichas escuelas. Tal como se observa en el siguiente gráfico, ese porcentaje ha disminuido más de 4 puntos desde el año escolar 1998-1999.

Adicionalmente, hay que señalar que las escuelas oficiales no son realmente gratuitas como afirma el informe, porque si bien en las escuelas oficiales de Venezuela, el cobro de aranceles de inscripción y matrícula está prohibido por decreto, la educación que se ofrece en las escuelas no es gratuita debido a que hay costos del funcionamiento de los planteles que deberían ser asumidos por el Estado, pero que se están transfiriendo a las comunidades y familias.

En efecto, el Estado no financia todos los rubros de la denominada canasta educativa, como por ejemplo los costos de transporte, ya que, se eliminó el pasaje estudiantil y el Ministerio de Educación y casi ninguna gobernación o alcaldía, provee el servicio de transporte para que los estudiantes puedan asistir a las escuelas. El servicio de alimentación es cada vez más irregular en las escuelas oficiales, lo que ha tenido como consecuencia que las familias decidan no enviar a sus hijos a clase cuando falla este servicio.

Pero además, hay costos que son asumidos por las comunidades sin ser reconocidos por el Estado. Uno de ellos es el costo del transporte de los insumos requeridos por el PAE -en este caso, como los insumos para preparar las comidas no son llevados por el sistema a las escuelas y el Ministerio no pone el transporte para que los mismos lleguen, las comunidades deben realizar una colecta periódica para alquilar el transporte con el que se llevarán desde las sedes de Mercal o PDVAL, a las escuelas- y el otro, es el costo del mantenimiento de las escuelas que, en lugar de ser asumido por el Estado, bajo una interpretación peculiar del concepto de corresponsabilidad, se realiza gracias al aporte en horas de trabajo de padres, estudiantes y miembros de las comunidades.

En ese párrafo, el informe afirma que las escuelas son de calidad, lo que oculta que la mayoría de las escuelas tienen condiciones inadecuadas para su funcionamiento, entre ellas cabe mencionar que muchas tienen el personal incompleto y mal formado -especialmente el egresado de las misiones-; la infraestructura incompleta y en mal estado; además, hay discriminación espacial derivada de ausencia de escuelas en zonas indígenas y rurales, especialmente, de escuelas medias; la dotación es insuficiente y actualmente, los servicios de agua y electricidad son irregulares. Todas estas condiciones hacen imposible que las escuelas brinden una educación de calidad.

Sobre el comentario 71, que dice: «Se han entregado de manera gratuita, 100.000 libros escolares a estudiantes de educación básica. Estos libros son adaptados a la lengua y cultura de las comunidades indígenas. Hasta el primer trimestre de 2016, se han distribuido más de 4.500.000 computadoras portátiles “Canaimitas” con una inversión de aproximadamente 1.500.000,00 USD.»

Es importante recordar que, según la normativa vigente, los planes de estudio y actividades en toda la educación venezolana, deben estar dirigidos al desarrollo del denominado “Plan de la Patria” que es un plan de la nación, convertido en ley y enfocado al desarrollo de la propuesta político-partidista del partido actualmente en el gobierno, violando lo establecido en la Constitución que declara a Venezuela como un país políticamente pluralista y en su artículo 102 especifica que la educación respetará todas las corrientes de pensamiento.

Esa directriz está recogida en la elaboración tanto de los libros de texto entregados por el ministerio y también en la de los contenidos de las computadoras «Canaimitas». Con respecto a los primeros, no se puede dejar de mencionar que el ministerio impuso el uso exclusivo de la colección de libros de texto, denominada Colección Bicentenario, que en efecto, son entregados de forma gratuita a los estudiantes de todas las escuelas de educación básica del país. Son tratados como libros de texto únicos y obligatorios, a través de los que se desarrollan los programas de estudio.

En dichos libros se presentan contenidos con una “lectura de la historia” hecha de acuerdo a la interpretación desarrollada por los miembros del partido de gobierno, que consiste en una visión calificada de los eventos históricos sucedidos, en la que se clasifica entre “buenos y malos” de acuerdo a la afinidad de los protagonistas con las ideas promovidas por el partido de gobierno. Además, se utilizan ejemplos para la enseñanza de cualquier disciplina, en los que se califican como malas e indeseables las situaciones o ideas que no sean afines a las promovidas desde la visión ideológica del partido de gobierno y como buenas y deseables las que sí la apoyan. Los ejemplos están cargados de propaganda gubernamental.

Y aunque el párrafo no hace referencia a ello, dado que se trata de una disposición curricular, es importante mencionar que, adicionalmente a estos esfuerzos por utilizar a la educación como un espacio para la formación de partidarios, desde 1999, se han adelantado esfuerzos por promover la educación militar como parte de la educación básica. El primer esfuerzo se materializó con la conversión de “instrucción pre-militar” en asignatura obligatoria para todos los estudiantes de cuarto y quinto año de bachillerato, es decir, para jóvenes entre 15 y 17 años.

El intento más reciente fue promovido por el ministerio para la defensa quién tomándose atribuciones de diseño curricular que corresponden al ministerio de educación, promulgó un decreto (Resolución 17.621) en el que se creó el denominado Plan Integral de Formación Militar que incluye el desarrollo de una asignatura –y eje integrador- denominada “Educación para la defensa integral”, a ser dictada en todos los subsistemas de la Educación Básica. Esta asignatura-eje, se basa en una concepción de la defensa de la nación como una labor “cívico-militar” y será desarrollado y administrado por la “milicia” que es un componente civil e irregular de la Fuerza Armada. Como “eje integrador” sus contenidos deberán ser integrados en la enseñanza de las otras asignaturas y áreas curriculares de la educación básica. Hasta el momento, la asignatura no ha sido incorporada en la dinámica de enseñanza en las escuelas, pero tampoco ha sido derogada la resolución que la crea.

Sobre los comentarios 76 y 77 que dicen, respectivamente:

«76. En cuanto a la educación universitaria, se creó un nuevo Sistema Nacional de Ingreso que garantiza el acceso con criterios de justicia y equidad, donde el 1% de los cupos son para personas con discapacidad. La matrícula en educación universitaria para el año 2015 fue de 2.622.013 estudiantes, lo cual representó el 83,25% de acceso en edades comprendidas entre 17 y 22 años.
77. En cuanto a los beneficios estudiantiles, hasta el año 2014 se otorgaron un total de 252.178 becas a estudiantes de pregrado y postgrado para fortalecer la formación en áreas de desarrollo estratégico nacional. Éstos también cuentan con atención de salud totalmente gratuita y se han construido y habilitado residencias estudiantiles.”

Cabe señalar, poniendo el foco sobre el derecho a la educación de los estudiantes universitarios: que existe una política de zonificación regional que limita el derecho de los estudiantes a escoger la carrera y la universidad de su preferencia lo cual, de hecho, restringe el ejercicio del derecho a la educación en igualdad de oportunidades, a su ejercicio determinado por factores socio-geográficos, y político-partidistas.

Por otra parte, el ingreso al sistema universitario no garantiza el acceso real, porque las condiciones en las que se encuentran las universidades y las características de los programas de estudio no permiten garantizar ni la permanencia y el éxito, por una parte, ni la calidad de la educación, por la otra. La calidad de los programas de las universidades creadas recientemente y de las misiones de nivel universitario, está fuertemente cuestionada, debido a que sus planes de estudio, en la mayoría de los casos, no han sido evaluados y acreditados, pero además, en varias de las ofertas de formación, éstos son incompletos.

Por otra parte, el ingreso a una universidad no garantiza el acceso a la educación, cuando las condiciones en las que se desarrolla el proceso educativo, no son las adecuadas, ni permiten la permanencia de los estudiantes independientemente de su nivel socioeconómico. Al respecto, es importante citar el informe sobre el derecho a educación de los estudiantes universitarios. Este informe dice que:

Para que se haga efectivo el derecho a la educación para todos en igualdad de condiciones, hay servicios estudiantiles que las universidades deben prestar para solventar las dificultades de los estudiantes que no cuentan con los recursos para garantizar su permanencia en ellas. La no garantía de recursos para prestar estos servicios tiene consecuencias directas en la capacidad de los estudiantes afectados para permanecer cursando estudios, o para hacerlo en condiciones que le garanticen éxito educativo, ambos componentes esenciales de la realización del derecho a la educación. Estos servicios se han visto fuertemente afectados por la asignación presupuestaria ineficiente hecha por el Estado a las universidades nacionales. Los servicios estudiantiles a considerar en este informe son becas, comedor estudiantil, transporte, servicios médicos y residencia.
1. En el caso de la Universidad Central de Venezuela, la población que puede beneficiarse de las becas es muy pequeña, pero el monto mensual de la misma no permite sufragar sino el costo de 5 almuerzos, lo que implica que los estudiantes becarios, deben buscar recursos adicionales para poder alimentarse completo esos 5 días, -desayuno, almuerzo y cena-, así como para hacerlo el resto de los 15 días hábiles del mes, sin contar que deben buscar recursos adicionales para alimentarse los fines de semana.
2. El servicio de comedor está orientado a la población más vulnerable económicamente, que no puede costearse una alimentación acorde a los requerimientos nutricionales de un estudiante universitario. Actualmente este servicio prácticamente no se presta en las universidades nacionales, por dos razones fundamentales: la primera es la falta de recursos, la segunda es la escasez de alimentos. Si bien, la escasez de alimentos, es una condición que afecta no sólo al sector universitario y su origen está en políticas económicas erradas del gobierno nacional, la insuficiencia presupuestaria producto del trato discriminatorio a las universidades nacionales autónomas, impide que estas casas de estudio puedan buscar alternativas para paliar sus efectos en ellas y en el derecho a la educación de sus estudiantes.
3. El servicio de transporte está orientado a garantizar que aquellos estudiantes que no residan en la ciudad donde está ubicado el campus y que no posean los recursos para trasladarse diariamente, puedan contar con un servicio que los traslade diariamente. Este servicio también incluye la movilización de estudiantes que necesiten realizar visitas de campo como parte de su formación profesional. La insuficiencia presupuestaria ha tenido como consecuencia que las universidades no puedan pagar a los prestadores del servicio, ni adquirir nuevas unidades de transporte para ampliar la oferta, así como tampoco puedan sufragar los gastos asociados al mantenimiento y reparación de las unidades produciéndose la paralización a buena parte de la flota y como consecuencia, muchos de los estudiantes beneficiaros han tenido que abandonar sus estudios.
4. Los servicios médicos en las universidades tienen dos componentes: la atención primaria y el seguro médico. El Estado ofreció proveer a los estudiantes de un seguro para emergencias y atención a enfermedades, con el que no ha cumplido hasta la fecha. Pero adicionalmente, los servicios de atención primaria con los que cuentan las universidades nacionales autónomas, se encuentran en las pésimas condiciones porque tienen la infraestructura deteriorada, les falta personal y carecen de insumos médicos, impidiendo recibir atención médica a la comunidad estudiantil que lo necesita.
5. Finalmente el servicio de residencia está orientado a garantizar el acceso a la a la educación a los estudiantes en condiciones de mayor vulnerabilidad, para los que el traslado diario no es una opción viable. En la mayoría de las universidades nacionales autónomas del país, no existe este servicio, obligando a los estudiantes a costear el alojamiento en una residencia privada, o a desistir de su intención de estudiar en la universidad. En las universidades en las que aún existe el servicio de residencia, su capacidad es sumamente reducida, se presentan situaciones de hacinamiento y la prestación de los servicios básicos es de muy mala calidad.

Si quieres tener más información sobre el proceso y los informes del derecho a la educación, puedes verlos en este enlace: Información sobre EPU

En este enlace, encontrarás una carpeta llamada “Sobre el EPU”, con un material de Naciones Unidas que explica lo que es el EPU y 4 documentos elaborados por la organización CIVILIS Derechos Humanos con información sobre el EPU y sobre la participación de la Sociedad Civil en ese proceso.

También encontrarás una carpeta llamada “Informe de UN y del Estado” en la que está el informe presentado por el Estado Venezolano y un resumen de las contribuciones presentadas por diversas organizaciones elaborado por la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos.

Y una carpeta llamada “Informes sobre el derecho a la Educación”, en la que encontrarás los informes elaborados en el marco del EPU y unas infografías que ilustran la situación del derecho a la educación en Venezuela. Entre ellos podrás leer el elaborado de forma conjunta por la Asamblea de Educación y la Federación de Centros Universitarios de la UCV, en el que se presenta la situación de derechos humanos de los estudiantes universitarios.

Finalmente, durante el proceso previo a la sesión, 170 organizaciones de DDHH, elaboraron más de 50 informes sobre la situación de los derechos humanos en Venezuela. Aquí puedes ver las hojas resumen de los informes, organizadas por tema: Hojas Informativas

 

En el inicio del año escolar 2016-2017 no necesariamente vamos a clases

Después del anuncio que hiciera el ministro de educación, a través de su cuenta en twitter y de las publicaciones del calendario en sus dos versiones -la inicial y la corregida- se estableció que el año escolar en Venezuela, inicia el 26 de septiembre -violando lo establecido en el artículo 54 del RGLOE y el artículo 49 de la LOE, como señalamos en nuestras publicaciones recientes.

Los últimos días de esta semana -previa al inicio de clases-, han estado llenos de noticias sobre los costos de la canasta educativa -la canasta educativa incluye costos de matrícula, transporte, uniformes, útiles escolares y alimentación-, y la incertidumbre que genera, en las comunidades educativas, la aplicación de la transformación curricular de la educación media. Paralelamente, y con el lema «exitoso regreso a clases» el gobierno, con la participación de altos funcionarios, ha desplegado una campaña este fin de semana.

A esta altura, el ministerio no ha ofrecido una explicación sólida para atrasar el inicio de clases. No obstante, por el contenido de las noticias y de la campaña gubernamental, pareciera tratarse de un problema de previsión y planificación: el ministerio no estaba listo para iniciar las actividades escolares a tiempo.

Como es costumbre, en el Observatorio Educativo de Venezuela, haremos un esfuerzo para monitorear el inicio del año escolar, con la información que nos llegue por distintas fuentes, haciendo especial énfasis en la que puedan suministrarnos directamente, desde las comunidades educativas, sus miembros. Te invitamos a acompañarnos. Al final de este post encontrarás la información y los mecanismos para hacerlo.

Orientaciones pedagógicas

Por los caminos verdes para nosotros -por una ruta más oficial para algunas escuelas-, ha estado llegando a los directivos, entre sábado 24 y domingo 25, un documento titulado «ORIENTACIONES PEDAGÓGICAS AÑO ESCOLAR 2016-2017«. Este es un documento complementario al calendario que tiene como propósito difundir las pautas de trabajo en las escuelas, a lo largo del año. Es un documento imprescindible para la planificación de actividades, por lo que debería elaborarse y enviarse a los planteles el último mes del año escolar anterior, junto con el calendario.

Sin embargo, como se puede apreciar en las propiedades del documento, recogidas en la captura de pantalla siguiente, éste se comenzó a elaborar el 14 de septiembre y su última modificación data del viernes 23, a las 8 de la noche, es decir, que estaba listo para ser enviado a las escuelas sólo a dos días del «inicio oficial» de clases. Es importante mencionar que, en años anteriores, este documento llegó con mayor atraso a los planteles.

El documento de este año, contiene menos pautas detalladas y más texto descriptivo. En su introducción, aclara a quienes está dirigido y el objetivo que pretende cumplir:

Posteriormente expresa que:

«El año escolar 2016-2017 es un año de profundización en el marco de una revolución educativa indetenible, un proceso de transformación curricular que coloca en el centro del debate LOS QUÉS, LOS POR QUÉS, LOS PARA QUÉS Y LOS CÓMOS de la escuela en la prefiguración de la República que queremos y que necesitamos; así como la consolidación de los circuitos educativos en un proceso de transformación institucional con mayor organización y eficiencia en el territorio.» (Surayado nuestro)

Para los miembros de las comunidades educativas que aún no lo tengan, pero también para todo el que quiera leerlo, está disponible aquí: Orientaciones Pedagogicas 2016-2017, porque, por el momento, no se encuentra publicado en la web del ministerio.

Sin agotar todos los aspectos del documento, queremos hacer referencia a algunos:

  1. La primera pauta que se encuentra en dicho documento, dice que en este inicio de actividades, las escuelas deberán comenzar «organizando planes de trabajo intersectoriales con su respectivo cronograma» con el apoyo de las familias y de una serie de instancias y organizaciones, algunas vinculadas al gobierno, o que forman parte de la estructura del Estado, pero otras, como la OBE y el MBF que aglutinan a la militancia del partido de gobierno, en lugar de ser la representación diversa y plural de los dos sectores.

Con respecto a la actividad, es importante resaltar que se trata de una tarea que debió conocerse antes del llamado a clases para que los actores convocados tuvieran tiempo suficiente para realizar la integración y la planificación respectiva. Esto tampoco será posible dadas las irregularidades con las que inicia el calendario este año.

2. En la sección de «orientaciones metodológicas» del documento, encontramos un dato que nos permite verificar que la explicación de por qué el inicio del año escolar se atrasó, es que el ministerio no estaba listo. En el texto se aprecia que el gobierno nacional decidió articular al sector educativo en el plan general de la denominada «Mesa del Vivir Bien» y que las reuniones preparatorias para arrancar esa iniciativa, se habrían estado dando el 13 y el 15 de septiembre.

Por tanto, se hacía imposible que el año escolar arrancara, como dice el RGLOE el 16 de septiembre.

3. Posteriormente, en esa misma sección, el documento presenta dos «cronogramas». El primero es una propuesta para que las escuelas programen la primera semana de actividades y el segundo, recoge la programación de la semana del 19 al 25 de septiembre, en el marco de la Transformación Curricular.

En la siguiente captura de pantalla, se puede apreciar el contenido del primer «cronograma»:

Como se puede apreciar de la programación sugerida por el ministerio, la primera semana del año escolar, no será, como se ha anunciado desde el ejecutivo nacional, este fin de semana, un «exitoso regreso a clases«, sino que será para la organización del personal y las actividades, para la integración de la comunidad educativa y para el mantenimiento de la escuela.

De acuerdo a esta propuesta, no comenzarán las actividades de enseñanza propiamente dichas, a menos que los docentes puedan transformar cosas como la elaboración del plan de seguridad escolar, la articulación de las vocerías de los consejos educativos, la revisión de los espacios útiles para la siembra, la organización de viveros y la reparación de mesas-sillas, por ejemplo, en proyectos integrales para enseñar matemáticas, física, biología, comunicación, trabajo en equipo, toma de decisiones, resolución de problemas, ciencias de la tierra, ciencias sociales y ciudadanía, lo que resultaría posible y seguramente formativo e interesante para los estudiantes, si los docentes contaran con tiempo suficiente para planificar dichos proyectos, que, dados los tiempos, no es el caso.

4. A partir del final de la página 7, continúa el documento con la presentación de las líneas estratégicas que, para este año escolar, son dos: proceso de transformación curricular y proceso de transformación institucional.

5. Llama la atención que, en la presentación de la línea denominada «proceso de transformación curricular» de acuerdo al propio texto, los esfuerzos no se circunscriben a la propuesta para el nivel de bachillerato -que tanto nerviosismo ha generado a la comunidad educativa en el último mes-, sino que abarca aspectos comunes a todos los niveles y modalidades.

Entre las páginas 8 y 30 del documento, se presentan dichos aspectos, aunque las últimas dos páginas están referidas a la organización de las actividades del denominado «Sistema Nacional de Investigación y Formación del Magisterio» y a un planteamiento titulado «Repensar la jornada laboral«.

Este último, que ya ha sido presentado en los documentos complementarios a la propuesta de transformación curricular de media, se presenta en los mismos términos que en los documentos previos, por lo que, en este caso tampoco aborda tres problemas que son esenciales para garantizar que los cambios que se proponen, funcionen

– La forma de contratación de los docentes de bachillerato,

– La formación de los docentes en contenido, calidad y tiempo -para que puedan atender a una nueva lógica curricular algunos y otros para que sepan lo que deben enseñar-

– Y el presupuesto necesario para garantizar una nueva forma de contratación docente, ampliar las horas de dedicación de los ya contratados y contratar los docentes adicionales que sean necesarios por la instrumentación de esa nueva forma de organización en las escuelas.

Sin esos elementos, cualquier modificación que se pretenda instrumentar en términos de la dedicación y el horario de trabajo de los docentes, estará, como el modelo del Liceo Bolivariano, condenado al fracaso.

6. En la presentación de la línea denominada «proceso de transformación institucional«, se presentan los aspectos relacionados a los cambios organizacionales en el ministerio, específicamente en la organización de la red planteles y de supervisión.

Los cambios se inician con la propuesta de organizar a los planteles en circuitos educativos, tiene como propósito la evolución de la forma de funcionamiento del sistema que permitiría pasar de las tradicionales reuniones de los supervisores con los directores para informar las directrices del ministerio, a unos espacios de organización inter-planteles, en los que se debería desarrollar trabajo y planificación conjunta y en los que se plantea una integración ampliada con las comunidades de las zonas en las que éstas se ubican.

Como propuesta puede tener bondades, si los planteles cuentan con suficiente autonomía para tomar decisiones conjuntas y los directivos, con suficiente tiempo para emprender actividades adicionales a las que les corresponde realizar en sus escuelas. Ambas cosas, deben estar consideradas tanto en términos de las normas que se requieren para hacerlas viables, como en la forma de contratación y el tiempo de dedicación de los directivos.

Por otra parte, las normas deben ser lo suficientemente claras y precisas, como para no generar dudas e incertidumbre sobre el rol de los actores de los diversos «Consejos Educativos» a convocar. Por cierto, sobre los «Consejos Educativos» hay una demanda de claridad por parte de las comunidades de las escuelas, dado que no está clara la suerte de la normativa que los creó.

7. En esta sección, se incluye también una presentación de las denominadas «Jornadas de Mantenimiento Escolar» que, como también dijimos en su momento, son una transferencia de los costos del mantenimiento de las instalaciones educativas, de los propietarios y administradores de las escuelas, a las comunidades; del Estado a la ciudadanía.

Esta transferencia se hace, en medio de un discurso de se sustenta en la «gratuidad» de la educación y pretende ignorar que, en el esquema de relaciones y responsabilidades establecidos en Venezuela, el ciudadano contribuye con el pago de impuestos al financiamiento de las actividades que se desarrollan desde el Estado y en las que éste asume una obligación. El derecho a la educación es una de ellas y dado que la educación básica es obligatoria y se reconoce como gratuita, parte de la obligación del Estado es ofrecerla sin costo para las familias, especialmente, las que estudian en las escuelas que son propiedad y son administradas por él.

El país puede, buscar un arreglo institucional que permita que al Estado ofrecer educación totalmente gratuita en las escuelas oficiales, sin violar lo que establece el derecho a la educación y haciendo algunos ajustes en las normativas específicas internas, asumiendo los costos de las actividades que ello implique. O puede sincerar su falta de recursos y explicando al país, que no cuenta con presupuesto para honrar sus obligaciones en el sistema educativo, por lo que debe requerir de las comunidades de las escuelas que, además de que paguen los impuestos, trabajen en el mantenimiento de las instalaciones para que éstas estén en condiciones óptimas.

Lo que no puede es disfrazar el aporte, en horas de trabajo, de las comunidades, con un discurso de «corresponsabilidad», «compromiso» y «sentido de pertenencia», que parte de la premisa de que las escuelas necesitan mantenimiento preventivo y correctivo, porque sus comunidades tienen una «cultura» de «desidia», «indiferencia» e «indolencia». (captura de pantalla del documento)

mantenimiento

Monitoreo del inicio del año escolar

Este año nos hemos propuesto extender el monitoreo del inicio del año escolar al primer mes de actividades. En esta oportunidad te invitamos a participar y a reportar desde tu escuela, como padre, representante, docente, trabajador administrativo, obrero o estudiante.

Para hacer efectiva la participación tenemos 3 rutas:

  1. Cuéntanos si comenzaron las clases en tu escuela y en qué condiciones, escribiendo a nuestro correo: monitoreoOEV@gmail.com
  2. Tuitea sobre el inicio de clases en tu escuela usando la etiqueta #AClasesVzla
  3. Llena un reporte en línea. El reporte lo puedes llenar en directamente en nuestro Mapa.

En ese enlace vas a poder ver, ubicados en el mapa, todos los reportes que nos envíen y que hayamos podido verificar y también vas a poder enviarnos el tuyo. Cuando abras el enlace, encontrarás esta vista:

primera-pantalla

Esa es la vista de un servicio gratuito asociado a Ushahidi que utilizaremos para colectar los reportes. Como no pudimos cambiarle el idioma a la interfase, te pedimos disculpas y te orientaremos en su uso.

Para enviar un reporte, tienes tres botones que puedes usar:

para-reportar

Pisando el primer botón, se despliega un menú que también te indica todas las formas en las que puedes hacer el reporte:

para-reportar2

Aunque no lo pusimos como opción, como verás, si tienes un teléfono iPhone o Android, puedes bajar la app de Ushahidi y hacer el reporte desde allí. Nosotros no hacemos énfasis en esa vía, porque no todo el mundo tiene ese tipo de teléfono y por las limitaciones del tipo de reporte que se puede hacer desde allí, pero si es la manera más fácil para ti, puedes usarla.

Si en lugar del 1, pisas los botones 2 y 3, el sistema te dirige directamente al formato del reporte y se verá así:

pagina-reporte

Si tienes información sobre el primer día, es decir, sobre este lunes 26, selecciona el formato «Inicio del año escolar (básica)» que te lleva a unas pocas preguntas que te permitirán informar si comenzaron o no las clases en tu escuela. Pero si tienes información sobre varios días y quieres hacer un reporte más completo, selecciona «Inicio del año escolar (completa)».

Ambos formularios comienzan con los mismos campos: «título del reporte» (aquí puedes poner una frase corta que describa lo más importante de su caso), «descripción» (aquí puedes contarnos con detalle lo que sucede, que no esté recogido en el resto de las preguntas del formato) y «categorías» (en el que puedes marcar las casillas que se relacionen con la situación que estás reportando en tu escuela).

Después de llenar las preguntas del reporte, vas a encontrar con esta parte del formato que viene añadida por el sistema:

informacion-opcionalEn ella puedes poner tu nombre y tu correo, para poder comunicarnos contigo, si hiciera falta ampliar o precisar algún dato. Siempre tus datos personales serán confidenciales.

Y para cerrar el reporte y enviarlo, te encontrarás con esta sección de localización y agregado de enlaces o fotos.

datos-adicionales

Cuando estés listo, verifica que hayas respondido todos los campos con «*» que son los obligatorios y al final, no olvides dar el botón rojo para enviar.

Te damos las gracias de antemano, por participar y permitirnos visibilizar la situación de las escuelas al inicio de este año 2016-2017

¡Así van las cuentas: perdidos 6 días de clase! En #Venezuela #QueremosClases

En la publicación anterior, reseñamos que, hasta la fecha, se han perdido 11 días de clases en las escuelas. De ellos, 6 días se perdieron en el marco de la política de ahorro energético adelantada por el Ejecutivo Nacional a través de 3 decretos. En la siguiente infografía te presentamos los decretos con la información asociada:

6diasdeclase

 

Es importante resaltar que, al momento de promulgar el Decreto 2.303, el ejecutivo anunció la suspensión de las clases los días 29 de abril y 6 de mayo. Sin embargo, el artículo 1 del decreto, establece la duración del «régimen especial» desde el 27/04, hasta el próximo viernes 13/05:

«Artículo 1 °. Se establece un régimen especial de días No Laborables, de carácter transitorio, a ser aplicado a partir del día miércoles 27 de abril de 2016, y hasta el viernes 13 de mayo de 2016, como consecuencia de los efectos negativos del fenómeno El Niño sobre los niveles de disponibilidad del volumen de agua almacenada en la Represa de Gurí, que sirve a la Central Hidroeléctrica Simón Bolívar, en el estado Bolívar (…)»

La duración establecida en el decreto, más lo afirmado en el último párrafo del mismo artículo 1 del decreto:

«La declaratoria efectuada en el presente artículo podrá ser extendida por el plazo que se estime necesario, hasta tanto se regularice la capacidad de generación de energía y se disipen los riesgos de ser afectada la prestación oportuna y eficiente del servicio eléctrico en todo el territorio nacional.»

hace que muchas comunidades educativas rechacen:

  1. La potencial suspensión de clases el viernes 13 de mayo.
  2. La potencial extensión del plazo establecido en el decreto, específicamente, la extensión de la suspensión de clases los viernes hasta que «se regularice la capacidad de generación de energía y se disipen los riesgos de ser afectada la prestación oportuna y eficiente del servicio eléctrico en todo el territorio nacional.»
  3. La falta de información oportuna por parte del Ministerio de Educación sobre las medidas del ejecutivo, en el marco de la crisis eléctrica, que afectarán a las escuelas.
  4. La ausencia de información sistematizada sobre la pérdida de horas y días de clases, escuela por escuela, producto de la suspensión parcial o total de la jornada por apagones y por la inclusión de las escuelas en los cortes por racionamiento en bloques, establecidos Corpoelec. (Consideramos que dicha sistematización debe incluir también, las pérdidas de clases por inseguridad -robo de equipos, materiales y alimentos del PAE, en las escuelas- y por falta de agua).
  5. La ausencia de un plan integral que permita recuperar el tiempo perdido, restableciendo el pleno ejercicio del derecho a la educación y garantizando que la educación sea efectivamente de calidad.

Ante la incertidumbre que produce la falta de información oportuna por parte del Ministerio, la amenaza de la extensión de las medidas del ejecutivo que afectarán la actividad de las escuelas y el calendario escolar, y las reiterada violación al derecho a la educación y la restricción al derecho que los padres y las familias tienen para ejercer su deberes, es imperativo que:

  1. Se modifique el Decreto 2.203 de 26 de abril de 2016, excluyendo al sector educativo, público y privado, del sub-sistema de Educación Básica.
  2. El Ministerio de Educación elabore y presente al país, un balance de la situación que contenga un inventario del tiempo de clases perdido, escuela por escuela, que esté acompañado de un ajuste en el calendario escolar para recuperarlo.
  3. Un plan de acción para garantizar que no se pierda ni una hora más de clase desde este momento, hasta que termine el año escolar en ninguna escuela del país.
  4. Una revisión del diseño de los bloques de racionamiento, para evitar los impactos secundarios en las actividades que, desde las casas, acompañan la preparación para la asistencia a la escuela y la formación.

¡En #Venezuela #QueremosClases!

 

 

En #Venezuela queremos #ClasesMañana

Como el país sabe, el 26 de abril en la noche, el ejecutivo anunció al país que, como parte del plan de ahorro energético, cuya extensión se concretaba mediante el Decreto 2.294, se incluía la suspensión de dos viernes de clases en todas las escuelas del sub-sistema de Educación Básica: el pasado viernes 29 de abril y mañana 6 de mayo.

En el post pasado, mencionamos las razones por las que, esa medida, es considerada una violación al derecho a la educación de nuestros niños y jóvenes. Si quieren ver los detalles, pueden hacerlo en el siguiente enlace: La suspensión de clases viola el Derecho a la Educación.

Ante una medida como la anunciada, las reacciones de padres, gremios docentes y gremios de educación privada, así como las de otras organizaciones educativas y defensoras de los derechos humanos, no se hicieron esperar. La solicitud en la que la mayoría coincide, es en la modificación del Decreto 2.294 para excluir a las escuelas y garantizar que no se pierda ni un día de clase más.

Si recordamos el calendario escolar, hasta la fecha, se han perdido 11 días de clases:

5 días, 1, 2, 3, 4 y 7 de diciembre, por elecciones.
3 días, 21, 22 y 23 de marzo, adicionales a los feriados de Semana Santa.
3 días, 18 y 29 de abril, más 6 de mayo, declarados no laborales por ahorro energético.

En total, son 11 días considerados como días de clases en el calendario inicial. De ellos, en sólo 2 se justificaría la suspensión, de acuerdo a los días que son realmente necesarios para la realización de los procesos electorales.

Pero además, no entran en esas cuentas, los días de clases que han sido suspendidos, a lo largo del año escolar, por las razones citadas en el post anterior y que se han convertido en hechos recurrentes en las escuelas a nivel nacional: a) inseguridad en el país, ha tenido como consecuencia el robo de equipos, materiales y alimentos del PAE, en las escuelas y en algunos casos, asaltos en momentos de actividades escolares; b) suspensión parcial o total de la jornada por falta de agua; c) suspensión parcial o total de la jornada por apagones; y d) inclusión de las escuelas en los cortes por racionamiento que, dado su pésimo diseño, incluye cortes inesperados fuera del cronograma señalado por Corpoelec.

Como también dijimos en el post pasado, esta situación amerita, atención integral e inmediata del Estado, por lo que seguimos esperando del Ministerio:

  1. Un balance de la situación, un inventario del tiempo de clases perdido, que esté acompañado de un ajuste en el calendario escolar para recuperarlo.
  2. Un plan de acción para garantizar que no se pierda ni una hora más de clase desde este momento, hasta que termine el año escolar en ninguna escuela del país.
  3. Una revisión del diseño de los bloques de racionamiento, para evitar los impactos secundarios en las actividades que, desde las casas, acompañan la preparación para la asistencia a la escuela y la formación.

En su lugar, el ente rector ha ratificado la medida y sus voceros han insistido en que la misma no altera la «calidad escolar». En el siguiente enlace pueden leer las primeras declaraciones del Ministro: Ministro de Educación: Medida de suspensión de clases los viernes no altera la calidad escolar.

Pero, como mencionamos al inicio, esta medida no cuenta con el acuerdo de actores y organizaciones del sector educativo. A continuación presentamos las posiciones sobre la medida, expresadas públicamente por diversas organizaciones, recogidas, en estos días.

ONG del sector educativo y defensoras de los derechos humanos

Un total de 26 organizaciones, gremiales y de investigación del sector educativo y organizaciones defensoras de derechos humanos, suscribieron la siguiente posición, en un esfuerzo coordinado por FENASOPADRES:

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Adicionalmente, encontramos la posición de Padres Organizados (que fue presentada con anticipación a la iniciativa anterior, que este movimiento suscribe) y una iniciativa de Sociedades de Padres de alrededor de la 11 planteles privados.

La posición de Padres Organizados

padres organizados

 

La iniciativa de las Sociedades de Padres de alrededor de 11 planteles privados

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Hasta el momento sabemos que la carta, acompañada por las firmas de los padres de los planteles, fue entregada el día martes 3 de mayo, ante autoridades de la Zona Educativa del Estado Miranda y que éstos ofrecieron hacerla llegar al Ministerio. Se espera una respuesta oficial, en los próximos días. Si

 

Los gremios docentes

Como pudieron apreciar en el documento presentado por las 26 ONG, estaban incluidos algunos gremios docentes. Además de ellos, encontramos unas declaraciones a los medios, de voceros de la Federación Venezolana de Maestros. Las declaraciones las podrán leer en los siguientes enlaces:

Orlando Alzuru: Suspensión de clases afecta la calidad educativa

Docentes en desacuerdo con suspender clases los viernes

Los gremios de educación privada

Tanto ANDIEP, como CAVEP, expresaron a través de comunicaciones oficiales su posición sobre la medida. A continuación podrán leer la posición de ambos gremios:

La posición de CAVEP

cavep

La posición de ANDIEP

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Todas las organizaciones coinciden en la importancia de garantizar cada día de clases y la necesidad de no perder ni un día más. Para ello, la mayoría exhorta al ejecutivo a modificar el decreto y reinstalar las clases mañana viernes 6 de mayo.

Esperamos que el Ministerio de respuesta a todas estas organizaciones y asuma su rol como garante del derecho a la educación en Venezuela, lo que para él, como ente rector, se traduce en la obligación, entre otras cosas, de no se suspendan clases en las escuelas.

Es por ello que le decimos:

¡Ministro, en #Venezuela queremos #ClasesMañana!

¿Y entonces ministro? #DDHH

2511

vs

0112

Eso lo dijo hoy, 1 de diciembre, a la 1 pm, a 13 horas de iniciado el período de suspensión de actividades y a 6 horas del inicio regular de la jornada educativa.

¿Y el derecho a la información oportuna? El derecho de los docentes a ser informados con tiempo para poder ajustar su planificación y el de las familias a tener información oportuna para tomar las debidas previsiones.

¿ y el derecho a la educación de los estudiantes?

Eso no pasaría si el ministro, como muestra en su twitter, en lugar de promover o alcahuetear la participación de funcionarios públicos, en ejercicio de sus cargos, en actividades de campaña electoral -reuniones de «supervisores» para la activación de puntos rojos, o el chequeo de la «maquinaria 1×10» del «sector educativo», entre otras-, se dedicara a hacer su trabajo como ministro de educación.

ministro

Pues sí: ¡Desde el 1ero de diciembre! #DDHH #Educacion

En efecto, de acuerdo a la web del ministerio, el ministro, por tuiter,  anunció la suspensión de clases para la realización del proceso electoral.

Las clases serán suspendidas desde el primero de diciembre, por lo que el ministerio se estaría tomando 2 días más de lo estrictamente necesario para la realización del proceso electoral. Por otra parte, si bien el ministro señala que la suspensión se realizará solo en las escuelas que funcionan como centros electorales, no se especifica cómo se hará para reprogramar los días perdidos en esos casos.

De acuerdo al anuncio del ministro, y al calendario del CNE, las escuelas podrán reiniciar actividades entre el lunes 7 y el martes 8, por lo que estamos hablando de una pérdida de mínimo 5 días de actividades (máximo de 6 días en las que la entrega del material restante se realice el lunes 7 como está previsto en el calendario del CNE).

Como cada día de clase es importante para la realización del derecho a la educación, no resulta dato irrelevante que haya un tratamiento diferenciado en los días de clases ofrecidos en las escuelas, dependiendo de si éstas funcionan o no como centros electorales. De hecho es obligatorio recuperar esos días perdidos, mucho más cuando el período de suspensión de actividades por el proceso electoral no estaba incluido en el calendario -lo que hubiese permitido a esas escuelas tomar previsiones en su planificación- y cuando el anuncio se hizo sólo 3 días hábiles antes y por tuiter.

También, es importante resaltar y llamar la atención sobre otro dato, que tal como reseña la noticia, fue suministrado por el ministro en su tuiter: «las escuelas que funcionen como centros de votación continuarán normalmente las actividades académicas hasta el 16 de diciembre«.

Entendemos que con «actividades académicas hasta el 16 de diciembre» el ministro se habrá querido referir estrictamente a las escuelas que ofrecen máximo hasta 6to grado, porque, de acuerdo al calendario publicado por su despacho, en la semana del 14 al 18 de diciembre, en las escuelas de educación media está prevista la realización de consejos de docentes y entrega de boletines con calificaciones, habrá actividades académicas hasta el 18 y el asueto navideño inicia el lunes 21 de diciembre. En las escuelas en las que sólo se ofrece educación inicial, primaria y especial, la elaboración y entrega de informes está prevista para la semana del 7 al 11 y los consejos se desarrollarán el lunes 14.

Por cierto, las escuelas que ofrecen educación inicial, primaria y especial que sean centros electorales y que pierdan entre 5 y 6 días de clases por las elecciones, podrían utilizar la semana del 14 al 18 de diciembre para recuperar los días perdidos por la realización del proceso electoral.

Reprogramar los días perdidos es parte de la obligación del Estado de garantizar el derecho a una educación de calidad para todos.

Nueva Convención «Única y Unitaria»: Corresponsabilidad y escuelas como «territorios de paz» con «cuerpos de combatientes»

Con una propuesta entregada el 20 de julio ante el Ministerio del Trabajo, los gremios docentes tuvieron que declararse en conflicto para lograr que el gobierno se sentara a discutir una nueva convención colectiva.

La reunión de instalación se realizó apenas el 5 de noviembre, en ella se estableció cuáles eran las partes que se sentarían a discutir el contrato, se presentaron los participantes presentes y se abrió un espacio para exponer objeciones a los aspectos generales de la discusión.

El establecimiento de las partes en negociación comenzó a institucionalizar un cambio en la naturaleza de este contrato, ya que, no se discutiría gremio por gremio, como en oportunidades anteriores, sino que se planteó realizar una discusión «unitaria», en la que, docentes, trabajadores administrativos y obreros, se sientan al mismo tiempo a discutir los detalles de la contratación, pero estableciendo condiciones contractuales específicas a la naturaleza de sus funciones y dedicación.

En la reunión de instalación, no hubo objeciones a las condiciones generales de negociación, por lo que se fijó como fecha de inicio de las discusiones el 10 de noviembre y como sede, la Defensoría del Pueblo.

Dada la modificación que se inició en la reunión de instalación y que continuó en reuniones posteriores, en cuanto a las partes en negociación y al tipo de contrato, se puede resaltar que ya no está en discusión la «VIII Convención Colectiva de las Trabajadoras y Los Trabajadores de la Educación dependientes del Ministerio del Poder Popular para la Educación» (en este enlace se puede ver el proyecto), de acuerdo al título del documento introducido en julio por las federaciones docentes, ni el «Proyecto de Convención Colectiva Unitario de Las y Los Trabajadores, Docentes, Administrativos y Obreros, dependientes del Ministerio del Poder Popular para la Educación«, tal como reza en el texto del acta de instalación (en este enlace pueden ver el acta); sino que lo que está en discusión es la «Primera Convención Colectiva Única y Unitaria de Los Trabajadores y Trabajadoras del Ministerio del Poder Popular para la Educación«.

En efecto, el MPPE llevó como propuesta a la primera reunión formal, el cambio del término «unitaria» por «única» -tal como consta en el acta del 10 de noviembre (en este enlace pueden ver el acta de la reunión del 10/11)-, los gremios, obviamente no aceptaron, pero, en su lugar, apostaron por una especie de solución salomónica, que implicó la adopción de ambos términos, «Única y Unitaria», tal como se aprecia en el texto del acta de la reunión del 12 de noviembre (en este enlace se puede ver el texto del acta 12/11)

Este denominación, «Primera Convención Colectiva Única y Unitaria de Los Trabajadores y Trabajadoras del Ministerio del Poder Popular para la Educación«, aunque puede parecer un asunto irrelevante de uso de palabras en un título, puede tener consecuencias no deseadas para los gremios, porque se trata de términos de diferente significado, no complementarios, uno de los cuales anula en la práctica al otro, por lo que ahora, de lo que se puede hablar es de la negociación de una convención única para todos los trabajadores del sector, dependientes del MPPE.

Al respecto, conversamos con Raquel Figueroa, quien es la Coordinadora Nacional del Movimiento de Educadores Simón RodríguezDirigente sindical de FENAPRODO-CPV, que nos expresó la preocupación de los gremios porque el hecho de que todos los trabajadores en un país o en un sector, como en este caso, sean titulares de los mismos derechos humanos, en el plano laboral, no implica la unificación del tratamiento contractual de los trabajadores de la educación, que puede tener como consecuencia, la no consideración ni de las necesidades específicas de los trabajadores de cada uno de los sectores y ni de las condiciones laborales que se desprenden de la naturaleza de las funciones que cumplen en el sistema educativo. (*) Este es un riesgo en desarrollo y se verá su alcance en la evolución de las negociaciones entre los gremios.

En la determinación de las partes, es importante señalar también que, en la reunión de instalación de las negociaciones, no quedaron registrados todos los que se reconocerían como participantes. De hecho, en la siguiente captura de pantalla, tomada del primer acta, se aprecia la inclusión de 16 organizaciones gremiales.

las partesY a partir de la primera reunión formal, aparece incorporada FETRAMAGISTERIO como parte, sumando un total de 17 organizaciones gremiales en esta negociación. (Captura de pantalla de la reunión del 10/11)

las partes 2

En este conjunto de organizaciones parte, son gremios docentes: FEV, FETRAENSEÑANZA, FETRASINED, FENAPRODO-CPV, FETRAMAGISTERIO, FVM, FESLEV-CLEV, FENATEV y SINAFUM y organizaciones de trabajadores no docentes, en algunos casos, organizaciones sindicales que tienen afiliados no exclusivamente del sector: SUNEP-ME, SIRTRAME, SNSEME, SNFPME, SINAEP-MECD, FETRAEDUCACIONALES,  FENOBOLMED y FENARBOTRASEP.

Pero como esta discusión es sobre las condiciones contractuales de los trabajadores de la educación, lo que se establezca en las mismas, puede afectar la realización del derecho a la educación de los estudiantes.

En tal sentido, es importante considerar, por ejemplo, que la calidad de los docentes constituye un aspecto clave en el logro de una educación de calidad en las escuelas, por lo que se espera que el sistema brinde las mejores condiciones de contratación y laborales, por una parte y exija una excelente formación inicial y en ejercicio, por la otra, para garantizar su mejor desempeño en la formación de los estudiantes. También se espera que, entre las condiciones laborales se puedan discutir aspectos como los que no han permitido establecer la extensión del calendario escolar, para que se pueda contar con 200 días de clase (días de clase no días de actividades escolares, que es diferente), que es una aspiración del país desde hace más 3 lustros.

Hasta el momento, la discusión se ha desarrollado en 4 reuniones, después de la de instalación y aún hay muchas cosas en debate. Sin embargo, ya se pueden señalar algunos aspectos controversiales sobre los que es necesario poner atención:

1. El primero de ellos es el uso del término corresponsabilidad en las definiciones iniciales del contrato. En la cláusula «Definiciones» se establece:

def trabajadores

Esa afirmación se reitera al final de la definición quinta, cuando dice que los trabajadores de la educación, junto con el ente rector, las familias y la comunidad, son «corresponsables» de garantizar el pleno goce del derecho a la educación.

En este caso, es importante aclarar que, términos de derechos humanos, el Estado tienen la obligación de garantizar el derecho una educación de calidad para todos. Esto se traduce, en cuanto a la educación obligatoria y gratuita, en términos de gestión del sistema y específicamente en la de las organizaciones educativas dependientes del ministerio, que son las directamente afectadas en la discusión de esta contratación, en la obligación de garantizar que las escuelas funcionen con las condiciones óptimas, lo que implica la obligación de garantizar condiciones laborales y contractuales óptimas para docentes, administrativos y obreros y de lograr que éstos tengan un óptimo desempeño en sus  funciones.

Pero la obligación de garantizar el derecho a la educación, no se puede transferir a los trabajadores de la educación aplicando el concepto de «corresponsabilidad» de los actores sociales establecido en la Constitución, como tampoco se puede transferir a los otro actores que forman parte de las comunidades educativas, como se pretende hacer al final de la definición quinta y como se pretendió hacer en el texto de la Resolución 58.

El desarrollo del concepto de «corresponsabilidad» está muy crudo en Venezuela y, hasta ahora, su aplicación, lejos de establecer un marco de apertura para la participación de los diversos sectores en el desarrollo del país, lamentablemente, ha sido utilizado como un descargo de responsabilidades por parte de las organizaciones gubernamentales, a las que corresponde directamente, la obligación de garantizar los derechos humanos.

2. El segundo aspecto que debe llamar nuestra atención, está también en el marco de las definiciones y se trata de la incorporación del uso de términos y concepciones que responden a la ideología del partido de gobierno, y que están en contra de lo que se establece en la Constitución.

En efecto, según la definición quinta, el trabajo es un proceso social «que tiene como objetivo esencial superar las formas de explotación capitalista»

def trabajo

En la Constitución se establece que Venezuela es un país pluralista y en ninguna parte de su texto se declara, ni socialista, ni anti capitalista, así que por más que esas sean las concepciones que definen la posición política de los funcionarios que hoy ejercen el poder, en el ente rector, no pueden convertirse en elementos que determinen la relación laboral entre los trabajadores de ningún sector y el Estado. De hecho, tal como están escritas esas definiciones, no deberían ser aprobadas por no corresponder al modelo de país establecido en la Constitución.

Obviamente, a esta altura, más de uno pensará que esos términos están incluidos en el Plan de la Patria, pero un plan de la nación, que viola lo establecido en la Constitución, no puede convertirse en referencia para la definición de las relaciones laborales entre el Estado y sus trabajadores.

3. En el mismo orden de ideas, el tercer aspecto al que debemos prestar atención, es la definición de organizaciones sindicales, incluida en este contrato. De acuerdo a la definición 4, los sindicatos no sólo son organizaciones para la defensa de los intereses de sus afiliados, sino que ahora tienen también como objeto «la defensa del pueblo, de la independencia y la soberanía nacional»

def sindicatos

Esta lógica, que también está incluida y desarrollada en el actual plan de la patria, pone de lado el concepto de ciudadanía, responde a una concepción «cívico-militar» de las personas y la sociedad, contradiciendo lo que se establece en la Constitución.

Las consecuencias de esa definición se pueden apreciar en dos cláusulas que fueron incluidas en la última reunión de la que tenemos información, la del 19 de noviembre. En ellas se establece:

  • que «se conviene en fomentar el fortalecimiento del sentimiento patriótico y la conciencia clasista»
  • fomentar «la conformación de cuerpos de combatientes estructurados en milicias de trabajadores y trabajadoras desde las sedes administrativas y planteles». Estas milicias además de contribuir con la atención de la población en situaciones de desastres naturales, garantizarán «los servicios públicos fundamentales en caso de desestabilización, conflicto armado o sabotaje y participarán en la defensa de la Patria cuando las circunstancias así lo exijan»

seguridad y economía

Pero no conformes con lo establecido en esa cláusula, la siguiente, tal como se aprecia en la captura de pantalla precedente, compromete a las organizaciones sindicales a «impulsar la constitución de brigadas voluntarias» para participar en «el combate contra la guerra económica», en estrecha colaboración con la SUNDDE.

La penetración del modelo político del partido de gobierno y de la lógica de guerra en las condiciones laborales de los trabajadores del sector educativo, además de ser contraria a lo que establece la Constitución vigente, le imprime un carácter diferente al que, por su naturaleza, debe tener el funcionamiento del sistema educativo y de la red de escuelas en el que se sustenta. Pero adicionalmente, los trabajadores de la educación tienen funciones específicas que ocupan, en la mayoría de los casos, mucho más que el tiempo de trabajo, que los términos del contrato le reconocen y remuneran, por lo que, es totalmente descabellado aumentar sus actividades y funciones, aunque éstas tuvieran alguna relación lógica con el trabajo para el que el Estado les contrata. Todo ésto afecta el derecho a la educación, específicamente el que se debe garantizar en el sistema de Educación Básica.

Por otra parte, en contradicción con el espíritu de la citada definición y de esas cláusulas, el texto aprobado hasta el momento, también se incluye una cláusula que declara a las escuelas «como Territorios de Paz», con la que se establece como labor conjunta entre el ente rector y las organizaciones sindicales, la construcción de relaciones de respeto, la creación de consciencia y prevención de la violencia física y simbólica, evitar todo tipo de discriminación, valorar la diversidad cultural, entre otras, pero cuyo texto incluye el mantenimiento y la preservación de las estructuras e instalaciones educativas, como una de las primeras acciones en este ámbito.

territorios de paz

En este caso, es importante señalar que, asumiendo que el cuidado de las instalaciones debe formar parte de la cultura escolar e incluir a todos los miembros de las comunidades educativas, y que, entre las labores de trabajo de los obreros en las escuelas, se encuentran las de mantenimiento cotidiano y algunas de mantenimiento menor de las instalaciones, el mantenimiento de la infraestructura escolar, como programa en el ámbito de la gestión educativa, es responsabilidad del ente del cuál depende cada una de las escuelas que, a efectos de este contrato, coincide con el ente rector. Es por esa razón que la forma como está redactada esta parte de la cláusula, es peligrosa porque con ella puede estarse descargando nuevamente en las comunidades, la responsabilidad del ministerio sobre una de sus obligaciones,  y que, tal como ha sucedido con la Resolución 58, este descargo de responsabilidad no está acompañado de la transferencia de recursos que permite que las escuelas asuman las competencias que, en consecuencia y de manera velada, se les está transfiriendo, constituyéndose en una carga adicional que las comunidades no pueden afrontar.

En cuanto a las actividades relacionadas con la constitución de las escuelas como «Territorios de Paz», queremos recalcar que ese propósito es inconsistente con lo señalado al inicio de este punto, porque no es posible construir  una cultura de paz, cimentada en una cultura de guerra.

Como se puede apreciar en lo reseñado hasta el momento, la discusión de esta contratación es de interés para todos los ciudadanos, más allá de los relacionados con el sector o los que pertenecen a los gremios de padres y estudiantes, por sus consecuencias potenciales, no sólo en las condiciones de contratación de los trabajadores del sector, sino por los cambios en la naturaleza de las actividades y funciones a desarrollarse en el sistema educativo, que pueden atentar contra la realización del derecho a la educación de los estudiantes.

Por ello invitamos a todos, a seguir este proceso. Para mantenerse al día con las discusiones, pueden visitar el Blog del Sindicato de los Trabajadores de la Educación del Estado Mérida SINDITEM (pueden encontrarlo en este enlace), quienes han estado publicando las actas que se suscriben en este proceso.

Nosotros estaremos atentos a los avances de esta negociación y continuaremos publicando sobre el tema.

(*)  En este enlace se puede ver la posición completa del Movimiento de Educadores Simón Rodríguez

 

 

 

¿Desde el 1ero de diciembre?

Como se ha convertido en una terrible costumbre en Venezuela, los procesos electorales no están contemplados con anticipación en el calendario escolar elaborado por el ministerio. En efecto, las elecciones del 6 de diciembre, no aparecen reseñadas en el calendario que, tardíamente, envió el ministerio a las escuelas y publicó en su página web. A continuación pueden ver las actividades y efemérides incorporadas en el mes de diciembre, en las dos versiones del calendario:

calendario primaria

calendario media

Si aún no tienen el calendario oficial y lo quieren bajar, pueden hacerlo en el siguiente enlace: Calendario 2015-2016

Por su parte, el CNE en su cronograma electoral, establece que la distribución del material a los centros electorales se realizará el jueves 3 de diciembre (actividad 85), la instalación de las mesas electorales el día viernes 4 a las 8 am (actividad 87) y la recolección el material electoral se realizará entre los días 6 y 7 (actividad 94), lo que implicaría que las escuelas podrían iniciar actividades, el mismo lunes 7, en aquellos casos en los que la recolección del material electoral se realice el día 6.

A pesar de que con este cronograma del CNE se estarían tomando las escuelas un día más de lo estrictamente necesario, al indicar que la entrega del material se realizará el jueves 3, establece claramente que las escuelas estarían recibiendo al Plan República y el material electoral el jueves y entregando el material restante y despidiendo el resguardo de las instalaciones hecho por el Plan República, entre el domingo 6 y el lunes 7, lo que significa, a efectos del calendario escolar que se interrumpirían las actividades máximo 3 días.

Si no conoces el cronograma electoral, puedes buscarlo en la página el CNE o bajarlo aquí: Cronograma elecciones 6D 2015

Cabe resaltar que de acuerdo a los términos que están acostumbrados a utilizar algunos funcionarios, se denomina a este momento la «toma de las escuelas por parte del Plan República», cuando lo correcto es decir que las escuelas están recibiendo el material electoral y la custodia de la seguridad del mismo, por parte del Plan República. Parece un detalle insignificante, pero no lo es, porque la autoridad de las escuelas reside en sus directivos y la autoridad civil de adscripción (nacional, estadal, municipal, privada o autónoma) y el Plan República sólo cumple funciones de resguardo de las instalaciones en las que se deposita el material electoral.

Hecha esta precisión, es importante llamar la atención en este momento, sobre las declaraciones del Jefe del ZODI del Estado Monagas, quien dice que aspira «tomar» las escuelas el primero de diciembre:

PR monagas

La reseña de las declaraciones, hechas en el portal de Globovisión, se pueden ver en este enlace: Declaraciones del Jefe del Plan República de Monagas.

Estas contrastan con las realizadas por el Jefe del ZODI del litoral central que parecen más apegadas al cronograma del CNE:

vargas

La reseña de estas declaraciones se encuentran en el portal «Ojo Pelao» y se pueden ver en este enlace: Declaraciones del Jefe del Plan República en Vargas.

A esta altura, aunque ya es tarde, corresponde al Ministerio de Educación informar oficialmente a las escuelas sobre los detalles de este proceso y sobre el ajuste que se requiera en el calendario, para recuperar los días que se pierdan en el proceso electoral, por no estar éste considerado inicialmente en su calendario. Esto deberá hacerlo a la brevedad posible, para que las escuelas, a su vez, puedan hacer sus ajustes con la reprogramación correspondiente.

Igualmente, es inaplazable que el ministerio se siente con las autoridades del CNE y las del Plan República, a coordinar la llegada del material a las escuelas que funcionan como centros electorales y de los efectivos que resguardarán su seguridad, así como, la salida de los efectivos y el material en lo que terminen las actividades del proceso electoral que se realizan directamente en los centros, para que las escuelas puedan retomar su dinámica de clases sin perder injustificadamente, ni un día más afectando el derecho a la educación de nuestros niños y jóvenes.

Obviamente, a esta altura, esta coordinación a la que nos referimos, debería estar realizada, pero dadas las diferencias en las declaraciones de los representantes del Plan República, nos tememos que aún falte mucho por acordar y coordinar entre estos entes, para el proceso de este 6 de diciembre.